E-2 Visa de Inversionista por Tratado Comercial
La clasificación de no inmigrante E-2 permite que un nacional de un país con tratado (un país con el cual Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación) sea admitido en los Estados Unidos cuando invierte una cantidad sustancial de capital en un negocio de los Estados Unidos.
Algunos empleados de dicha persona o de una organización calificada también pueden ser elegibles para esta clasificación.
Ventajas Clave
Según la reciprocidad del país, la visa E se puede emitir por un máximo de 5 años.
La admisión es por incrementos de dos años, pero renovable siempre y cuando la empresa estadounidense siga siendo viable.
El cónyuge es elegible para una autorización de empleo y puede trabajar con cualquier empleador de los EE.UU.
Los niños pueden asistir a la escuela en los Estados Unidos sin tener que buscar una visa F-1.
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Calificaciones
Hay varios criterios principales para calificar para una visa E-2:
Debe existir un tratado de comercio y navegación entre los Estados Unidos y el país en el cual el inversionista principal es ciudadano.
El inversionista debe haber invertido o estar activamente en el proceso de inversión, debe ser una cantidad sustancial de capital en una empresa de buena fe en los Estados Unidos.
Intente ingresar a los Estados Unidos únicamente para desarrollar y dirigir la empresa de inversión. Esto se establece al mostrar al menos el 50% de la propiedad de la empresa o la posesión del control operativo a través de una posición gerencial u otro dispositivo corporativo.
Debe haber propiedad mayoritaria (al menos el 50%) o el control de la empresa estadounidense por parte del inversionista (s) (tratado (s) nacional (es)) del país del tratado a través del cual se solicita la visa de inversionista.
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Países del Tratado que Califican para Visas