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Cónyuge Maltratado

Como cónyuge, hijo o padre maltratado, puede presentar una petición de visa de inmigrante conforme a la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), según la enmienda de la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA). Las disposiciones de VAWA en el INA permiten que ciertos cónyuges, hijos y padres de ciudadanos de los Estados Unidos y ciertos cónyuges e hijos de residentes permanentes (titulares de la Green Card) presenten una petición por sí mismos, sin el conocimiento del abusador. Esto permite a las víctimas buscar la seguridad y la independencia de su abusador, a quien no se le notifica sobre la presentación.

Las disposiciones de VAWA, que se aplican por igual a mujeres y hombres, son permanentes y no requieren una nueva autorización del Congreso. La ayuda también está disponible en la línea directa nacional de violencia doméstica al 1-800-799-7233 o 1-800-787-3224 (TDD). La línea directa tiene información sobre refugios, atención de salud mental, asesoría legal y otros tipos de asistencia, incluida información sobre cómo solicitar el estatus de inmigración. Para más información, visite el sitio web  Violencia Domestica Nacional.

Elegible para presentar

Los Elegibles para Presentar

  • Cónyuge: Puede presentarse usted mismo si es, o fue, el cónyuge abusado de un ciudadano o residente permanente de los Estados Unidos. También puede presentar una solicitud como cónyuge abusado si su hijo ha sido abusado por su ciudadano estadounidense o su cónyuge residente permanente. También puede incluir en su petición a sus hijos solteros menores de 21 años si no se han presentado.
  • Padre: Puede presentar una solicitud si es el padre de un ciudadano de los EE. UU. Y su hijo o hija ha sido víctima de abusos.
  • Niño: Puede presentarse usted mismo si es un niño maltratado menor de 21 años, no está casado y ha sido maltratado por su ciudadano estadounidense o padre residente permanente. Sus hijos también pueden ser incluidos en su petición. También puede presentarse como niño después de los 21 años, pero antes de los 25 años, si puede demostrar que el abuso fue la razón principal del retraso en la presentación.